Nacional

Disputa por menor en el DN vuelve a poner bajo la lupa la actuación institucional

mayo 17, 2026 · Redactor
Disputa por menor en el DN vuelve a poner bajo la lupa la actuación institucional
Foto: diariodigitalrd.com

Mientras crecían las denuncias públicas de la madre, dos decisiones judiciales favorecieron al padre en un expediente que reaviva el escrutinio sobre las autoridades.

La pugna familiar por una menor de 12 años en el Distrito Nacional quedó definida por un contraste que obliga a reforzar la fiscalización pública sobre este tipo de casos: mientras Astrid Anadell Rodríguez denunciaba públicamente que el padre la retenía, la Procuraduría Fiscal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional y la Coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del DN adoptaron medidas a favor de Gustavo Montalvo Mena. Según un comunicado de sus abogados, la Fiscalía dispuso de forma provisional el cuidado y protección de la menor a favor del padre y, además, se emitió una orden de protección también en su beneficio.

Representado por las licenciadas Yipsy Roa Díaz y Yenifer Doñé Miliano, Montalvo Mena rechazó las acusaciones y afirmó que ha asumido solo la crianza de la niña. “Me he convertido en padre y madre al mismo tiempo”, dijo. De acuerdo con su versión, la menor recibe atención en alimentación, educación, salud y cuidado diario. La defensa también presentó documentación médica según la cual Rodríguez padece bipolaridad y abandonó el tratamiento requerido, elemento que —siempre según los abogados— la inhabilita para estar al cuidado de la menor.

El expediente fue más allá de la custodia. Montalvo Mena sostuvo que las denuncias públicas buscaban extorsionarlo y afirmó contar con mensajes en los que se le exigía dinero y la compra de un vehículo. En la resolución núm. 0120-febrero-2026, la jueza Kenya Romero ordenó a Rodríguez abstenerse de molestar, intimidar, hostigar o amenazar a Montalvo Mena por cualquier vía y de acercarse a su residencia o lugar de trabajo. La magistrada la investiga por presunta violación al artículo 309-2 del Código Penal. El caso, además de su dimensión familiar, deja abierta una alerta institucional sobre la necesidad de seguimiento riguroso y rendición de cuentas cuando denuncias públicas y decisiones judiciales avanzan en direcciones opuestas.