La Junta Central Electoral suspendió la aplicación del artículo 13 de su reglamento sobre firmas encuestadoras y publicación de encuestas en materia electoral, una disposición aprobada el 22 de mayo de 2026 que prohibía difundir sondeos fuera del plazo legal de precampaña. La decisión, adoptada por el pleno el 20 de agosto, llega mientras sigue pendiente una controversia judicial sobre la legalidad y constitucionalidad de esa medida, lo que vuelve a colocar bajo escrutinio la solidez de las reglas con las que se administra el proceso electoral.
Al rechazar que el cambio de criterio represente una derrota, el presidente de la JCE, Román Jaquéz Liranzo, remitió a los periodistas a la resolución del pleno y sostuvo que la institución mantiene su independencia e imparcialidad frente a los sectores políticos. “La Junta no se arrodilla ni para pedir matrimonio”, afirmó. Sin embargo, el giro deja abierto el contraste entre el discurso de firmeza institucional y una disposición que terminó suspendida tras el rechazo que generó en algunos medios.
Jaquéz ofreció esas declaraciones durante la apertura del Centro de Cedulación de la UASD, destinado a la captación de datos biométricos y la impresión de la nueva Cédula de Identidad y Electoral. En un escenario donde la confianza en las instituciones electorales depende de reglas claras y estables, la suspensión del artículo 13 refuerza la exigencia de fiscalización pública y de rendición de cuentas sobre decisiones que impactan el debate político y el derecho ciudadano a recibir información.
