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Nuevo Código Penal castiga la difamación digital y abre un frente de vigilancia sobre portales y plataformas

agosto 23, 2026 · Redactor
Nuevo Código Penal castiga la difamación digital y abre un frente de vigilancia sobre portales y plataformas
Foto: hoy.com.do

La reforma endurece penas; incorpora la difamación extorsiva y expone la urgencia de fiscalizar un ecosistema donde el daño circuló durante años con escaso control

República Dominicana cuenta desde agosto con un nuevo Código Penal que endurece de forma significativa las sanciones por difamación, incluyendo contenidos publicados en redes sociales, plataformas digitales y espacios de streaming. Las penas van de dos a cinco años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos, mientras que si el hecho es cometido por dos o más personas actuando en conjunto la sanción sube hasta 10 años, con multas de 20 a 30 salarios mínimos.

La novedad más sensible es que la ley incorpora la figura de la difamación extorsiva, un reconocimiento formal de una práctica que, según el texto, convirtió la acusación sin pruebas, los audios de origen incierto y las “filtraciones” en un modelo de negocio. También establece que medios digitales y portales web podrán responder penalmente cuando la difamación se cometa en su nombre o por falta de supervisión editorial, un punto que coloca el foco en la responsabilidad institucional y no solo en el emisor individual. El cambio legal llega después de años en que, como plantea el artículo, decir cualquier cosa sobre cualquiera en redes sociales tenía prácticamente cero consecuencias.

Ese contraste entre el vacío previo y el endurecimiento actual deja abierta una exigencia de fiscalización: que la nueva herramienta no se quede en discurso, que se aplique con criterios verificables y que el debate público no siga atrapado entre impunidad digital, ruido de plataformas y daño reputacional convertido en mercancía.