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Registro de desaparecidos queda creado, pero aún sin fecha de inicio ni reglamento

junio 5, 2026 · Redactor
Registro de desaparecidos queda creado, pero aún sin fecha de inicio ni reglamento
Foto: www.diariolibre.com

La norma ordena sanciones por obstrucción y da 90 días al Poder Ejecutivo para reglamentarla; mientras la implementación sigue en evaluación

La Ley 25-26 abrió paso a la creación del Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una plataforma de acceso interinstitucional que estará bajo la administración y supervisión de la Policía Nacional. La iniciativa pretende reunir en una sola base de datos la información de personas reportadas como desaparecidas para respaldar la búsqueda, la investigación y el seguimiento de los casos, aunque por el momento no tiene fecha de puesta en marcha.

Diego Pesqueira, vocero de la Policía Nacional, explicó que, al tratarse de una normativa recién promulgada, todavía falta evaluar cómo se aplicará. La institución ya cuenta con registros organizados por grupos de edad, pero el nuevo sistema sigue sujeto a ese proceso y al reglamento de aplicación que el Poder Ejecutivo deberá emitir en un plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la ley. La propia legislación no establece una fecha concreta para su entrada en funcionamiento.

El diseño legal del registro contempla datos personales, descripción física, circunstancias de la desaparición, información médica relevante, contactos de familiares o denunciantes, fotografías y la actualización permanente del estatus de búsqueda. Además, la ley incluye sanciones para los servidores públicos que obstruyan la búsqueda de personas desaparecidas, un aspecto que refuerza la dimensión de control y rendición de cuentas en un asunto que por años ha pesado sobre miles de familias.